Hasta 10 años de prisión para quienes comercialicen restos humanos en la CDMX

febrero 24, 2022

Ciudad de México. Luego de lo ocurrido con el cuerpo del bebé Tadeo que fue sustraído de un panteón de Iztapalapa, en la Ciudad de México se alista una reforma al Código Penal para quien ilegalmente distribuya, comercialice o transporte, sin la autorización o permiso de la autoridad correspondiente, personas fallecidas, partes o restos humanos.

El titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales capitalina, Néstor Vargas, informó que las penas por esta conducta irían de los cinco y hasta los 10 años de cárcel.

De igual manera, se establece una sanción que se agravará si es que quienes cometen el ilícito son servidores públicos, empleados de cementerios, crematorios o de agencias funerarias.

A esta adhesión en el Código Penal, se le suma aumentar la pena de las conductas contempladas en el artículo 207: pasa de 3 meses a 2 años para quedar de 2 a 8 años a quien exhume, oculte, destruya o sepulte personas fallecidas o restos humanos sin los requisitos de ley.

Se aumenta la pena de las conductas contempladas en el artículo 208: pasa de 1 a 5 años para quedar de 3 a 8 años a quien viole o profane sepulcros o restos humanos.

Próximamente se enviará esta iniciativa al Congreso capitalino para su discusión.