Congreso de CDMX aprueba iniciativa para prohibir las terapias de conversión
julio 24, 2020
CDMX/AlMomento.Mx. Con 49 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó las reformas al Código Penal capitalino para tipificar como delito las Terapias de Conversión, o Ecosig, al considerar que atentan contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.
“Sigamos haciendo de CDMX una ciudad de avanzada en reconocer los derechos de la diversidad sexual, no solo en el resto de país, sino de América Latina, los conmino a votar a favor de los derechos humanos”, afirmó el diputado Temistocles Villanueva, promovente de la iniciativa.
Durante su posicionamiento, el morenista Eduardo Santillan señaló que, con esta reforma, el Congreso de la Ciudad de México se pone a la vanguardia mundial. Expresó que el dictamen sobre las Ecosig garantiza la protección de un derecho universal y aclaró que no se criminaliza los acompañamientos ni a la práctica médica.
Mientras que la legisladora Guadalupe Aguilar (Morena) señaló que la CDMX se refrenda como capital de derechos. Su compañera de bancada, Marisela Zúñiga, afirmó que el dictamen tiene una trascendencia significativa para el país. En tanto, la diputada del PVEM, Alessandra Rojo de la Vega aseguró que la aprobación de esta reforma representa un gran logro.
En contraste, entre los diputados que votaron en contra del dictamen se encuentra Miguel Ángel Melo (Encuentro Socia), quien afirmó que si se aprobaba esta reforma se atentaría contra la seguridad jurídica; mientras que la panista Gabriela Salido, afirmó que el tema requiere de mayor análisis.
Por su parte, la senadora Patricia Mercado aseveró que con esta decisión, “la Ciudad de México se reafirma como ciudad de derechos y libertades al aprobar la prohibición de las ‘terapias de conversión’, que son prácticas violatorias de derechos humanos”. En tanto, Jacqueline L’Hoist afirmó que estas “terapias de conversión representan violencia psicológica y menoscabo a la dignidad humana“.
De acuerdo con las reformas, quienes impartan u obliguen a otra persona a recibir este tipo de terapias será penado con 2 a 5 años de prisión y de 50 a 100 horas de trabajo comunitario. En el caso de que la terapia sea dirigida a menores de edad, el delito se agravará y se perseguirá de oficio.
⇒ El dictamen señala que las terapias son aquellas practicas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto: anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de genero, así como la orientación sexual de una persona. En estas prácticas se emplea la violencia física, moral, psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes.