Ley de eutanasia entró en vigor en España

junio 26, 2021

Ciudad de México. La ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia entra en vigor este viernes 25 de junio en España.

Lo anterior, luego de que en marzo de este año se aprobó la eutanasia y con ello España se convirtió en el séptimo país en legalizarla en el mundo.

A partir de este viernes, la eutanasia en España podrá ser solicitada por cualquier persona mayor de edad:

  • Con un sufrimiento intolerable a causa de una enfermedad grave e incurable en fase terminal
  • Por un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que afecte a la autonomía y que genere un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable.

De acuerdo con la asociación Derecho a Morir Dignamente, son un total de 10 pasos que se deben seguir para solicitar y llevar a cabo la eutanasia en España.

  • El proceso empieza formalmente con una petición de eutanasia, por escrito (con fecha y firma), al médico habitual de la persona que quiere adelantar su muerte.
  • La persona que pide la eutanasia debe realizar una segunda solicitud a su médico, con al menos 15 DÍAS de diferencia con la primera, para que el proceso pueda seguir su curso.
  • Tras la firma del consentimiento informado, el médico principal (médico responsable) debe ponerse en contacto con un segundo médico (médico consultor), sin relación con él ni con la persona solicitante, que debe evaluar si la petición cumple con los requisitos previstos por la ley.
  • El médico consultor se entrevista con la persona solicitante y debe emitir un informe (favorable o desfavorable) en un máximo de 10 DÍAS, que se incorporará a la historia clínica.
  • Si ambos médicos coinciden en que la petición de eutanasia se ajusta a lo previsto por la ley, el médico responsable remite un informe con toda la información a la presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación (CGE) autonómica.
  • La CGE debe designar en 2 días un equipo formado por un médico y un jurista para que evalúen el caso.
  • El equipo de la CGE tiene 7 días para elaborar un informe.
  • Deben notificar su resolución a la Presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación.
  • Si es favorable, deben notificárselo al médico responsable en 2 días.
  • A partir de este momento, entre 30 y 40 días tras la petición original, ya se puede llevar a cabo la eutanasia en el momento en el que decida la persona que la solicitó.

Cinco días después de la aplicación de la eutanasia, el médico debe remitir a la CEG un informe sobre todo el procedimiento.