CIUDADANÍA Y DEMOCRACIA
REFORMA POLÍTICA ELECTORAL: ANÁLISIS DE LA INICIATIVA PRESIDENCIAL (PARTE I)
JUAN MANUEL VÁZQUEZ BARAJAS
Derivado de la extensión de la propuesta de reforma política electoral presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, vamos a comentar en cuatro columnas breves en qué consisten los cambios propuestos. Para tal efecto y de mejor entendimiento vamos a agrupar las temáticas conforme a lo siguiente: sistema electoral y representación política, partidos políticos y candidaturas independientes, autoridades electorales, y ciudadanía y democracia directa.
SISTEMA ELECTORAL Y REPRESENTACIÓN POLÍTICA
En esta ocasión comento los sistemas y formulas aritméticas para integrar los poderes legislativos, tanto federal como de las entidades federativas, y los cabildos de los ayuntamientos en los Estados y las alcaldías de la Ciudad de México (CDMX).
Sistema electoral es el mecanismo de conversión de los votos en curules, esto es, el número de integrantes de un parlamento o cabildo que debe tener un partido político, considerando el número de votos que se obtengan en una elección.
Esta serie de operaciones aritméticas para lograr la coincidencia entre ambos datos, votos y posiciones, han sido muy diversas en los sistemas democráticos.
Entre más cercano esté el porcentaje de curules al porcentaje de votos obtenidos, el sistema electoral es más genuino e igualitario, ello sería una formula electoral más ad hoc a un país democrático.
En un lenguaje simple, significa que los sistemas electorales eficientes tienden a que haya una diferencia cero entre ambos porcentajes.
Tanto en la Federación como en las entidades federativas, se permite una sobre o sub representación de hasta un ocho por ciento superior a la votación obtenida por partido.
DIPUTACIONES FEDERALES
En México se ha utilizado para convertir votos en curules, la fórmula de proporcionalidad pura. En la Constitución vigente se elige a los diputados y senadores por medio de dos sistemas electorales: el de Mayoría Relativa (MR) y el de Representación Proporcional (RP).
Son electos por MR 300 diputados, en igual número de distritos, y 200 por RP en cinco circunscripciones plurinominales. En total 500 representantes integran la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
La propuesta presidencial plantea elegir solamente a 300 diputados por el sistema de listas cerradas por entidad federativa. La disminución de los 200 diputados plurinominales representa una disminución del 40% de los integrantes de esta cámara.
Esto daría vida a treinta y dos listas, una por cada demarcación. El sistema electoral que se utilizaría sería el de RP y la fórmula de proporcionalidad pura (método de cociente natural y resto mayor).
La asignación de las diputaciones se tendría que hacer, en cada lista, conforme al número de votos que obtenga cada partido y/o candidaturas independientes. Es decir, ya no habría candidatos uninominales por distrito, sino candidatos plurinominales por entidad federativa.
SENADURÍAS
El Senado de la República se integra por 128 senadores, tres electos por entidad federativa mediante el sistema de MR y 32 por el sistema de RP.
La asignación de las dos primeras senadurías se realiza al partido o candidatura independiente, que haya obtenido el mayor número de votos en cada entidad, y la tercera posición a la candidatura que quede en segundo lugar, a esta se le conoce como primera minoría.
Los restantes 32 senadores son electos en una sola circunscripción nacional de candidaturas de RP, los cuales se asignan conforme al número de votos obtenidos, conforme al método de cociente natural y resto mayor.
La propuesta de reforma político electoral presentada el pasado 28 de abril, propone la elección solamente de 96 senadores, tres por entidad federativa y se eliminan a los restantes de RP, lo que representa una reducción del 25 por ciento de integrantes de la Cámara.
La elección sería similar a la que se propone para las diputaciones, mediante el sistema electoral de representación proporcional. En listas por entidad federativa.
En consecuencia, se crean 32 circunscripciones plurinominales, conforme a las listas que presentarían los partidos políticos y/o candidaturas independientes, se asignarían las senadurías conforme al número de votos obtenido, aplicando la fórmula de proporcionalidad pura (método de cociente natural y resto mayor).
CONGRESOS LOCALES
En cuanto a la integración de los congresos de las entidades federativas, en primer término se propone una fórmula para definir el número de diputaciones locales, 15 en las entidades que cuenten hasta con un millón de habitantes y por cada 500 mil pobladores más, se agregará una curul, con un tope máximo de 45 integrantes.
Por ejemplo, Veracruz tiene una población de 8,062,579 personas, de acuerdo al censo de población de 2020. Al aplicar la propuesta tendría 15 diputaciones iniciales, más 14.12, considerando una diputación por cada 500 mil habitantes adicionales al millón de personas, danto un total de 29.12 diputaciones locales, que podrían redondearse a 30 según lo determine la Legislatura.
La elección de las diputaciones locales se haría en forma similar a las diputaciones federales, en una lista, del estado o entidad, alternada por género. Lo que constituye una sola circunscripción plurinominal. La asignación de las curules se realizará usando la fórmula de proporcionalidad pura (cociente natural y resto mayor).
De igual manera, la asignación de las diputaciones se tendría que hacer de la lista, conforme al porcentaje de votos que obtenga cada partido y/o candidaturas independientes. Por lo que ya no habría curules uninominales, sino diputados plurinominales del estado o entidad.
AYUNTAMIENTOS Y ALCALDÍAS
También se propone modificar el Artículo 115 constitucional, para establecer reglas generales para la elección de regidurías en los ayuntamientos. El sistema electoral que usamos en Veracruz para la elección de la alcaldesa o alcalde y de la síndica o síndico y las regidurías por RP.
En la iniciativa se propone que los y las integrantes de los municipios sean votadas en listas alternadas por género, encabezadas por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y las regidurías.
También se propone estandarizar el número de regidurías en todas las entidades: una a municipios de hasta 60 mil habitantes, tres a municipios de 60 mil y menor de 370 mil, cinco a municipios de 370 mil y menos a 690 mil, siete de 690 mil y menor a un millón 10 mil y nueve de una población mayor.
Lo anterior significa que el máximo número de regidores o regidoras que habría en un municipio sería de nueve, no obstante que sean los más poblados.
Por lo que hace a la elección de los alcaldes, alcaldesas e integrantes de los concejales de la Ciudad de México, también se propone sean electos por listas alternadas por género votadas en cada demarcación, conforme a las reglas para elegir a los integrantes de los municipios de los estados.
En resumen, para las diputaciones federales, senadurías, integrantes de los congresos de las entidades federativas, regidurías de los cabildos y los consejos de las Alcaldías de la CDMX, se propone que las listas entre entidades federativas o entre municipios, también vayan encabezadas en forma alternada por género.
Hay que destacar que, de las propuestas, se observa la conversión de los sistemas electorales de MR y RP a uno de lista cerrada por entidad federativa o municipio, utilizando la fórmula de proporcionalidad pura o de cociente natural y resto mayor, pero además previendo listas alternadas por género.
Esto daría como resultado que los partidos políticos, sin excepción alguna, deben lanzar listas de candidaturas encabezadas un 50 por ciento de mujeres y otro 50 por ciento de hombres. Con ello se abriría una mayor posibilidad de que las mujeres puedan gobernar un mayor número de estados y municipios, este es el primer reto.
El otro, no menos importante, sería conservar una diferencia entre votos y curules, lo más cercana a cero.