¿Eres asalariado y no sabes si debes pagar o no? Aquí te decimos 

abril 29, 2024

Yhadira Paredes/Xalapa, Ver.- Quedan pocas horas para que finalice el plazo para la presentación de la declaración anual de personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que las autoridades fiscales hacen un llamado para que se cumpla en tiempo y forma y de esa manera evitar multas y recargos.

Al respecto, Edmundo Rogelio Naranjo, jefe de la oficina del SAT en Xalapa, pidió no dejarlo a último momento y reconoció que hay muchas dudas entre los contribuyentes asalariados, quienes desconocen si tienen la obligación o no de presentar su declaración anual, por lo que explicó:

“Regla general no están obligados a presentar declaración anual y hay cuatro de supuestos de excepción (es decir, quienes sí deben presentarla), cuando yo rebasé los 400 mil pesos de ingresos; otro supuesto donde me obliga la ley a presentarla, cuando deje de trabajar antes del 31 de diciembre del 2023; el tercer supuesto cuando tengo ingresos distintos de salarios, es decir, tengo un negocio, tengo honorarios o arrendamiento; y el cuarto, como asalariado cuando tengo dos o más patrones”.

De la misma forma, las personas físicas contribuyentes con servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento, están obligados a presentar la declaración anual que vence este martes 30 de abril.

El jefe del SAT en Xalapa destacó que toda la información se encuentra precargada en la página del Servicio de Administración Tributaria, por lo que solo hay que validarla y enviarla, por lo que solo se necesita ya sea la contraseña o E-Firma.

Finalmente, informó que una vez que se envía la declaración se pueden obtener dos resultados, uno es saldo a pagar, el cual se puede hacer en una sola exhibición o en parcialidades, y dos el saldo a favor que el SAT devuelve en unos cuantos días.