
Si estás pensando en adquirir un crédito de vivienda, la Profeco te dice qué debes tener en cuenta
marzo 14, 2025
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) orienta a las personas consumidoras para que cuenten con las herramientas necesarias a fin de tomar una decisión informada sobre la compra de una casa o departamento.
Con base en el artículo 73 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se establecen ciertas obligaciones que el proveedor debe cumplir con la o el comprador del inmueble.
Una de ellas es que, cuando se trata de una preventa, el proveedor debe exhibir el proyecto ejecutivo de construcción completo, así como la maqueta y, en su caso, el inmueble muestra; además de mostrar los documentos que acrediten la propiedad del inmueble e informar de la existencia de gravámenes que afecten la propiedad del mismo. En caso de que existan, deberán quedar cancelados al momento de la firma de la escritura.
Para el caso de inmuebles y preventa, el constructor deberá enseñar a la persona interesada en adquirir la propiedad las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las autoridades correspondientes para la construcción, relacionadas con las especificaciones técnicas, seguridad, uso de suelo, la clase de materiales utilizados en la construcción; servicios básicos y todos con los que debe contar conforme a la legislación aplicable.
Si el inmueble es usado y no cuenta con la documentación mencionada, se deberá indicar en el contrato.
Además, el constructor debe presentar al consumidor planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones o, en su defecto, un dictamen de las condiciones estructurales del inmueble. De no contar con ellos, deberá expresarlo y fijar un plazo en el que tendrá dicha documentación.
La persona compradora tiene el derecho de recibir la información sobre las características del inmueble, como la extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar o lugares de estacionamiento, áreas de uso común y servicios con que cuenta, entre otros.
Una vez que se tiene todo el detalle de la propiedad, el vendedor debe proporcionar al consumidor las opciones de pago y especificar el monto total a pagar en cada una de las opciones. También deberá indicar, cuando es a crédito, los mecanismos para modificar o renegociar las opciones de pago, las condiciones bajo las que se realizaría y las implicaciones económicas tanto para el proveedor como para el consumidor.
El proveedor debe especificar las condiciones con las que se llevará a cabo el proceso de escrituración y las erogaciones que deba realizar el comprador o compradora, distintas del precio de la venta, como: gastos de escrituración, impuestos, avalúo, administración, apertura de crédito y gastos de investigación. De ser el caso, los costos por los accesorios o complementos.
Finalmente, el proveedor deberá informar al comprador o compradora las condiciones bajo las que se puede cancelar la operación e informarle sobre la existencia y constitución de garantía hipotecaria, fiduciaria o de cualquier otro tipo, así como su instrumentación.
Es recomendable que antes de firmar el contrato de compra venta, ya sea por preventa o entrega inmediata, se lea el contrato detenidamente; se verifique que el proveedor haya cumplido con el registro de éste ante la Profeco, el cual se puede buscar en: https://rpca.profeco.gob.mx/; y se conozcan las condiciones y los términos a los cuales se van a adherir.
En caso de que se presente una inconformidad, la Profeco está para protegerlos y asesorarlos, para ello pone a su disposición el Teléfono del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722, el correo electrónico asesoria@profeco.gob.mx, y sus redes sociales en X @Profeco y @AtencionProfeco, Facebook @ProfecoOficial.