Alcaldes se equivocan por no conocer sus atribuciones que marca la ley: Invedem
Isabel Ortega/Xalapa.- Por ignorar lo que dice la ley los alcaldes comenten errores administrativos que derivan en observaciones en el manejo de los recursos públicos y en ocasiones no existe dolo en su actuar, afirmó el titular del Instituto Veracruzano de Desarrollo Municipal (invedem), Rafael Castillo Zugasti.
Se anunció que a partir de este 10 de marzo se capacitará a los funcionarios municipales para que eviten errores administrativos al momento de gastar el recurso público, especialmente el que envía la federación, o se dé el reintegro a la federación.
El funcionario aclaró que la idea, desde el Congreso local, la Contraloría y la Segob, se busca decir a las autoridades municipales qué es lo que no deben de hacer, “para que el día de mañana, se evite la necesidad de hacer cuestionamientos de cosas que ya sucedieron”.
Ironizó al mencionar que, si bien en el pasado alcaldes regresaron dinero, será la justicia, legal o divina, los va a llevar a cuentas, “porque vivimos en un estado de derecho”.
Ahora se quiere ver hacia adelante, “la gran vez los errores están concatenados a ignorar las cosas que en la administración pública prevalecen”, dijo al ser cuestionado cuáles eran las áreas de oportunidad para capacitar los alcaldes.
Es común que los alcaldes no presenten en tiempo y forma las Cuentas Públicas, no ejercer el recurso para determinada circunstancia, “no es dolo, es desconocimiento”, insistió.
Además, el Invedem -dijo-, por decisión del gobernador, certifica a los integrantes de la administración pública municipal, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP), con la idea de que sean los perfiles idóneos, sin importar que los alcaldes nombren a los amigos, compadres o conocidos.
Es por lo que ellos certifican, en base a 11 estándares de competencia laboral, a tesoreros, secretarios, directores de servicios públicos, directores de desarrollo metropolitano, entre otros temas.
“Estamos muy preocupados y ocupados para que (…) si bien nombras al amigo, nombras al conocido o nombras al vecino, tenga el elemento sustancial que es la certificación que avale que tiene las actitudes, aptitudes, conocimiento, habilidades y destrezas para estar en el cargo que ocupa”.