CAVILACIONES

junio 19, 2022

¿Al utilizar el verbo cavilar, lo refiero como sinónimo de reflexionar, a donde dirijo
la reflexión?; el pensamiento me lleva a establecer que paso después de más de
165 días que se realizó la entrega- recepción, de la administración municipal, ¿qué
ha sucedido?
Respuesta: nada relevante, fuera de las manifestaciones de irregularidades
señaladas por el Sr. Ricardo Ahued B. relacionadas con lámparas del alumbrado
público y el reconocimiento que hay que mejorar la administración de CMAS.
Así también se conoce que la administración del municipio de Medellín ha
presentado su inconformidad con las deudas a CFE, de obras con problemas
ocultos y pasivos que ahogan la hacienda pública, poco se sabe de otros
ayuntamientos en funciones.
El tema de la entrega es importante, tan es así que hay una estructura construida
a partir del mes de junio pasado, por el Congreso y el Orfis, a efecto de cumplir
con la ley específica.
Así se integró la guía para llevarla a cabo, con una cronología, estableciendo
quienes, y cuando deberían llevarla a cobo e integrar un acta circunstanciada,
misma que al concluirse debería ser difundida en los principales medios y
publicarse en el portal municipal.
Otro numeral de la ley de entrega recepción estable: “Concluida la entrega
recepción, se designará una comisión, cuando menos con el tesorero, director de
obras y el contralor municipal, para analizar el expediente y formular un dictamen
en un plazo de 30 días.
En los cinco días hábiles siguientes se debe presentar al Ayuntamiento, que en su
caso podrá llamar a los funcionarios que estime para las aclaraciones pertinentes,
y la presentación de considerarlo de documentación adicional.
Concluido este punto, en los cinco días siguientes el Ayuntamiento emitirá un
acuerdo en vía de opinión con las observaciones, puntos de desacuerdo, obras
inaceptables y otros pormenores dirigida a la secretaria de fiscalización del
congreso del estado, para que se consideren en la revisión de las cuentas
públicas, obviamente refieren a las 2021 y anteriores. (han pasado 4 1/1 meses desde
esa fecha)

Forma parte de esta evaluación darla a conocer como lo cite para cumplir con la
ley transparencia a efecto de que la ciudadanía este en conocimiento de cómo
entrego la administración que se va y como recibió la que inicia. (así lo señala la ley
de entrega- recepción en su artículo 17)

¿Qué es lo que conocemos hoy sobre estos temas?; no se dé ningún caso, como
tampoco conozco si se han sido publicados en los portales municipales el acta y el
dictamen
Solo queda la apreciación de la ciudadanía, de todo un proceso hecho con
meticulosidad, que solo sirvió para un cambio de administración de los que
entregaron y de los que están; el ciudadano que cumple con sus obligaciones
fiscales y forma parte del municipio no es tomado en cuenta; salvo que ocurra una
denuncia o una demanda.
Podemos pensar que este punto, fue únicamente para las cámaras; para que se
den manifestaciones políticas de lo bien o mal que la hicieron los ediles salientes y
su administración; esto que como el primer acto, el segundo ocurrirá en el informe
del resultado del Orfis del 2021 y de lo que determine el Congreso; de ahí lo
relevante serán daños patrimoniales, faltas administrativas y la referencia de
cifras.
Así empezamos el año en materia de transparencia y de responsabilidades sin
saber; lo menos o nada.
En otro tema; comentaba con el maestro Arturo Jaramillo sobre la evaluación
como parte de la administración, de ahí devino la plática ¿qué es la evaluación?,
no confundir con la fiscalización, pues sus propósitos son diferentes.
Es correcta la posición de Jaramillo, refiere que la primera se da para medir el
desempeño, la eficiencia y calidad del funcionario que la ejecuta y la segunda para
medir la correcta aplicación del dinero público.
Lo interesante es que coincidimos que esta función de evaluación al desempeño,
corresponde a las contralorías de las entidades federativas, dado que ellos están
en tiempo real y están facultados para evaluar los resultados de la planeación en
el sistema de indicadores al desempeño. (SED).
Pero no es así, quien lleva esta función dentro de la administración pública es la
Secretaria de Finanzas y Planeación, que no está calificada para calificar a sus
pares en áreas que desconoce, es la contraloría quien está facultada para ello en
tiempo real.
Pero son opiniones en que se disertan temas administrativos, lo que es cierto es
que ningún ciudadano conoce los indicadores al desempeño.