Confirma TEPJF acuerdo del INE para evitar sobrerrepresentación de diputados
abril 29, 2021
Redacción/El Demócrata. Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que estableció el mecanismo para la asignación de las curules de representación proporcionada en la Cámara de Diputados, para evitar la sobrerrepresentación de los partidos.
Determinaron además que luego de las elecciones, la Cámara de Diputados del informe a la Sala Superior y al INE se respetaron los límites de sobrerrepresentación.
La Sala Superior determinó como infundados los alegatos del Partido Encuentro Solidario; PAN y Morena contra la inclusión de la figura de “afiliación efectiva” para los partidos que contiendan en alianza o coalición con otro —con la que se busca que quienes sean postulados por un partido político acrediten su militancia en éste y que no haya “préstamo” de candidatos de un partido mayoritario a uno minoritario—, pues las determinaciones de la autoridad electoral solamente buscan garantizar un límite a la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados.
Señalan que la constitución establece que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida.
La Sala Superior estimó que la determinación del INE no vulnera los derechos político-electorales de los candidatos, además de que el acuerdo no fue emitido de manera extemporánea, como argumentaban los partidos quejosos.
Consideraron que el INE no se extralimitó en sus funciones, como se acusaba en la impugnación, pues el acuerdo no impacta en las candidaturas ganadoras, y tampoco limita la posibilidad de que un partido político postule a un candidato de otro partido, sino que solamente establece límites y parámetros para evitar elusión de los límites de sobrerrepresentación.