Derechos Humanos pide garantizar aplicación del tamiz neonatal

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a la Secretaría de Salud garantizar la aplicación ininterrumpida del tamiz neonatal a todos los recién nacidos en las unidades del Sistema Nacional de Salud del país.

abril 3, 2019

México, (Notimex).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a la Secretaría de Salud garantizar la aplicación ininterrumpida del tamiz neonatal a todos los recién nacidos en las unidades del Sistema Nacional de Salud del país.

La solicitud obedece a la situación generada por los oficios presuntamente emitidos por esa dependencia y difundidos en redes sociales, en los que se anuncia la conclusión de contratos de los servicios de tamizaje y la indicación de que, con recursos propios de la entidad, se les dé continuidad.

Mediante un oficio dirigido al secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, el ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, solicitó que se considere el interés superior de la infancia como punto toral para el otorgamiento del mencionado servicio.

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Lo anterior, de acuerdo con el Artículo 4 párrafo noveno de la Constitución General de la República, el Artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño y los diversos 2 párrafo quinto, 3, 6 fracción I, 18, y 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La CNDH pidió además ponderar el interés superior de la niñez como consideración primordial de todas las decisiones, procedimientos, actuaciones y actividades que realice relacionadas con los servicios de aplicación del tamiz neonatal.

Desde luego, incluyendo la revisión de los procedimientos de adquisición y cualquier otro que implique ejercicio de recursos públicos, y dé a conocer a la opinión pública, a través de fuentes oficiales, información oportuna sobre el estado de esa aplicación.

La CNDH recordó que el pasado 28 de marzo, el Senado de la República aprobó el dictamen por el que se reforma la Ley General de Salud, para incluir en la atención materno-infantil la aplicación obligatoria de la prueba de tamiz cardiológico en las unidades de salud de los sectores público, social y privado.

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La medida obedece al hecho de que la evidencia científica disponible demuestra que esa prueba simple, no invasiva y de bajo costo, cumple con los criterios necesarios para la inclusión en la detección universal de recién nacidos.

De acuerdo con datos estadísticos, la aplicación del tamiz neonatal desde 1998 ha permitido la detección oportuna de padecimientos congénitos.

Muestra de ello es que tan sólo en 2018 fueron detectados 17 mil 42 casos sospechosos, de los cuales a 14 mil 485 (casi 85 por ciento) se les realizaron pruebas confirmatorias que llevaron a la detección de tres mil 046 niñas y niños con algún padecimiento.

Es por ello por lo que su continuidad es de la mayor relevancia para la materialización de los derechos de la niñez a la vida, la supervivencia y el desarrollo, la protección de la salud, y a vivir en condiciones de bienestar, añadió la CNDH.