Estudia SCJN inconsistencias sobre delitos ambientales en Veracruz
México/Notimex. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estudia una acción de inconstitucionalidad promovida por la entonces Procuraduría General de la República (PGR), que demanda la invalidez del Artículo 259 fracción X del Código Penal de Veracruz.
Esta porción normativa establece sanción penal de uno a seis años de prisión y multas de 300 a 500 días de salario, a las personas a la que se le haya aplicado sanción administrativa por la quema de llantas, plásticos o cualquier otro material contaminante del medio ambiente y lo vuelva a hacer.
El proyecto, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, propone declarar la validez de esa disposición, pero siete de los ministros se pronunciaron en contra, toda vez que la expresión por “hecho similar” no es precisa sobre el hecho sancionado, por lo que se atenta contra el principio de taxatividad.
“Estaré contra el proyecto, a mí me parece que este precepto sí vulnera de manera grave el principio de taxatividad y que no puede subsanarse su inconstitucionalidad a través de interpretaciones que busquen hacerlo compatible”, enfatizó el ministro presidente Arturo Zaldívar durante la sesión pública.
Dijo que este precepto tiene problemas con varios conceptos que utiliza, entre ellos, “hecho similar”, porque si bien por hecho similar puede haber semejanza o analogía, “lo cierto es que para que esto pueda pasar un test de taxatividad en materia pena, tendrá que tener algo más, no ubica qué relación debe haber entre esta similitud y qué grado de semejanza es requerido”.
Especificó que los tipos penales exigen que los destinatarios de la norma tengan con claridad cuál es la norma prohibida por el orden jurídico.
“Aquí no queda clara cuál es la norma prohibida por la norma jurídica que la hace típica, porque puede haber personas que digan sí, en una ocasión quemé una bolsa de plástico saliendo de mi casa, y ahora resulta que quemé un pingüino, un pastelito pingüino, ya estoy en el supuesto, eso es similar o no lo es, pues es plástico y eventualmente es contaminante”, argumentó.
El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que no es que no se entienda la importancia de cuidar la ecología y evitar la contaminación ambiental.
“Aquí se trata de que la norma tenga la claridad suficiente para que se pueda sancionar a una persona por una conducta que esté claramente definida en que se llegue a una cuestión penal, inclusive derivada de un acto administrativo; volver a cometer segunda falta administrativa ya se convierte en penal, lo cual tendría una discusión especial”, enfatizó.
Al ser una acción de inconstitucionalidad, se requieren ocho votos para declarar la invalidez de la norma, por lo que se esperará el voto que emitirá el ministro Eduardo Medina Mora en la sesión del próximo martes.
En este marco, el ministro presidente convocó a sesión solamente el jueves 21 de marzo, para darle la bienvenida a la nueva ministra Jazmín Esquivel Mossa.