Incumplimiento de un deber legal causó remoción de Martínez Huerta

octubre 23, 2020

Isabel Ortega/Xalapa. La remoción de Sofía Martínez Huerta como representante del Tribunal Superior de Justicia, se justificó por su ausencia del ejercicio de sus funciones, lo que trae como consecuencia el incumplimiento de un deber legal.

El pleno del Poder Judicial argumentó que la presidenta incumplía en su función como lo marca el artículo 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sin embargo, no se aclaró cuál de las 18 atribuciones violó o no realizó en los 10 meses que duró su presidencia.

Lo anterior, se publicó en la Gaceta Oficial del Estado de este viernes 23, por lo anterior cobra validez el nombramiento de Isabel Inés Romero Cruz, aunque se menciona que es una suplencia, tiene vigencia hasta el 02 de diciembre del 2022.

El pleno estableció que al no cumplir con las funciones que establece la ley estaban facultados para adoptar las medidas necesarias a fin de procurar el correcto cumplimiento del órgano, determinaron removerla.

“Atendiendo a la potestad que tiene este cuerpo colegiado para elegir a su presidente, lo que necesariamente conlleva el recíproco derecho de removerlo del cargo, mediante la revocación del mandato conferido, cuando su actuar violente la norma por acción o por omisión o se cause perjuicio al patrimonio de este poder público (…)  lo procedente es revocarle el mandato conferido, para lo cual se tiene en consideración”.

Fue la magistrada Concepción Flores Saviaga, quien hizo la solicitud formal, “Consiguientemente por unanimidad de votos se revoca el cargo de presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado a la Magistrada Sofía Martínez Huerta, que le fue conferido por este propio pleno en sesión del 2 de diciembre de 2019”.

También se determinó adscribir a Martínez Huerta a la Visitaduría Judicial a partir de este 23 de octubre; adscribir al magistrado Adolfo Cortés Veneroso a la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado, a la ponencia que ocupó Martínez Huerta; y comisionar a la magistrada Florencia Cruz Fernández a la Quinta Sala a la Ponencia que ocupaba Isabel Inés Romero Cruz.

En la publicación se establece que el Tribunal es el órgano supremo del Poder Judicial del Estado y, por ende, es su obligación velar por el debido cumplimento de todas las atribuciones emanadas de la Ley Orgánica, las cuales por ningún motivo y mucho menos por aquellos de carácter meramente administrativos, deberán verse obstruidas en su prontitud y expedites.