Llaman en CDMX a no considerar como esporádico caso Abril
noviembre 29, 2019
Carlos Guzmán/ CDMX.- El 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Abril Pérez Sagaón fue privada de su vida; esto ejemplifica la falta de sensibilidad e intervención oportuna y con perspectiva de género de las autoridades, quienes deben proteger y garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia a través del acceso a la justicia.
Ha trascendido a la opinión pública que el Juez de Control Federico Mosco González desestimó la acusación de tentativa de feminicidio hecha por Abril en contra de su ex esposo y decidió reclasificar la violencia ejercida, referida por ella, con lo que hizo caso omiso del contexto en el que se desarrollaron las agresiones previas consistentes en golpes contundentes y ahogamiento, así como tampoco ponderó el riesgo en el que se encontraban ella y sus hijos al quedar el acusado en libertad.
En ese sentido, se presume que la autoridad jurisdiccional no sólo no aplicó el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género al que está obligado a atender, sino que también se evidencia que no analizó el contexto de violencia hacia las mujeres que prevalece en el país y del cual no está exenta la Ciudad de México.
Además, se presume que no utilizó diversas herramientas puestas a su disposición, como las Unidades de Medidas Cautelares (UMECA) para personas bajo proceso penal.
Para esta Comisión, la invisibilización de la violencia de género y la actitud tolerante con respecto a ésta, que se ponen de manifiesto con la ineficacia judicial discriminatoria, concretamente con la incapacidad mostrada para investigar, enjuiciar y castigar a los autores de los delitos, pueden crear un clima que propicie nuevos actos de violencia y constituya una denegación continuada de la justicia a las víctimas que equivaldría a una violación permanente de los derechos humanos.
Ante estos hechos, en el marco de sus competencias y facultades, la CDHCM reitera su preocupación por la falta de debida diligencia en los casos de violencia de género contra las mujeres, en materia de atención y protección de las víctimas, así como de verdad y justicia.
Sumado a ello, es preocupante la resistencia de las autoridades por realizar un análisis de contexto que permita identificar cuando se está frente a la presunción de violencia de género que implicaría la aplicación de los protocolos y mecanismos ampliamente consolidados para ello.
La Comisión reitera el llamado a la autoridad jurisdiccional para allegarse de los elementos necesarios para subsanar las deficiencias técnicas que pueden obstaculizar la justicia de las mujeres.
Al Juez Federico Mosco le antecede, al menos, una actuación judicial omisa de perspectiva de género al resolver que el agresor de una víctima de violencia sexual llevara el proceso penal en libertad sin haber realizado una valoración del riesgo que esto representa. Actualmente, esta Comisión analiza un expediente de queja presentado por estos hechos.
El caso de Abril no es aislado. La invisibilización de la violencia de género en un contexto familiar o de pareja ha sido ampliamente documentada por esta Comisión de Derechos Humanos. Tan sólo este año, la CDHCM ha emitido seis recomendaciones que muestran los patrones en los que se viola el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia.
En particular, la Recomendación 07/2019 sobre la falta de debida diligencia y de aplicación de la perspectiva de género y enfoque diferenciado en la investigación de violencia familiar da cuenta de la consecuencia que tiene en las mujeres la inaplicación o indebida aplicación de sus obligaciones en los casos en que este tipo de violencia se ejerce en su contra.
Por su parte, la Recomendación 09/2019 sobre la falta de investigación y filtración de información en los casos de posible feminicidio dirigida al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México evidencia la frecuencia en que los contextos de violencia de género en el ámbito familiar preceden al feminicidio.
Ya sea por un acto de negligencia o por el ejercicio de violencia institucional activa, lo sucedido debe de ser investigado y sancionado, por lo que la Comisión se congratula del anuncio que hace el Poder Judicial de la Ciudad de México respecto a la suspensión y consecuente investigación de la autoridad jurisdiccional involucrada.
La Comisión hace un llamado a fortalecer las estrategias de profesionalización de jueces y juezas para que cuenten con las herramientas necesarias para llevar a cabo un análisis de contexto, advertir riesgos y juzgar con perspectiva de género. Así como a advertir si las personas encargadas de impartir justicia manifiestan un patrón o conducta reiterada de discriminación en el acceso de las mujeres a la justicia.
Esta y otras observaciones han sido remitidas ya al titular del Poder Judicial de la Ciudad de México para su consideración.
Este Organismo Público Autónomo también hace un llamado a poner en marcha los mecanismos de protección en favor de los dos hijos adolescentes de Abril, cuestión fundamental en todos los casos de feminicidios en los que las víctimas indirectas son niñas, niños y adolescentes.
Sumado a ello, la Comisión reitera el llamado al Congreso de la Ciudad de México para realizar las modificaciones necesarias al Código Penal del Distrito Federal que permitan sancionar la violencia de género en el ámbito familiar como un tipo penal independiente de la violencia familiar.