No procede queja de Miranda sobre actas de reforma electoral

julio 6, 2020

Isabel Ortega/Xalapa. El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) dijo no ser competente para atender la queja del diputado Omar Miranda Romero, quien acusó que el presidente de la Junta de Coordinación Política, Juan Javier Gómez Cazarín, viola su derecho de petición e información como representante popular.

El JDC 534 se desechó ya que la queja no es materia electoral, por lo que se evitó analizar a fondo la queja del panista quien recurrió al TEEV ante la negativa de la Jucopo de entregar las actas de cabildo que validaron la reforma electoral.

“Se desecha de plano la queja” fue la cuenta del juicio de derechos en el que se señaló que ese tema forma parte de la vida interna del Congreso, por lo que un órgano jurisdiccional no debe interferir en el trabajo del órgano electoral.

El diputado local Omar Miranda Romero se quejó que la Junta de Coordinación Política y la Presidencia de la Mesa Directiva se negaban a entregar las actas de cabildo que recibieron como respuesta a la consulta de la reforma electoral.

En la misma sesión, también se desechó el recurso de revisión 8/2020, en el que la Subdirectora Jurídica del Congreso local, Maribel Díaz, controvertía las medidas cautelares que impuso el Organismo Público Local Electoral (OPLE).

La subdirectora no tenía personalidad jurídica para presentar el juicio al ser representante legal del Congreso, por lo que se pidió confirmar a los diputados si ellos le habían dado esa atribución, sin embargo, no obtuvieron respuesta y el recurso se desechó, pues los únicos que podrían controvertir la sentencia eran los diputados.