¿Qué dice la ley de juicio político?, así será el trámite legislativo contra Winckler

enero 26, 2019

Isabel Ortega. Xalapa. A más tardar el lunes 11 de febrero se podrían votar los dictámenes de juicio de procedencia contra el Fiscal General del Estado, según lo que establece el artículo 24 de la Ley de Procedencia y Juicio Político del Estado.

La Constitución Política -en su artículo 78- determina que si alguno de los juicios es procedente Jorge Winckler tendrá que separarse del nombramiento en tanto el Tribunal de Justicia determina si existen pruebas para su destitución.

El pasado jueves 24 y el viernes 25 concluyeron las dos audiencias de pruebas y alegatos de los juicios políticos que se le siguen a Jorge Winckler Ortiz, luego de que fue acusado por Gilberto Aguirre y Francisco Zarate Aviña por los delitos de tortura y desaparición forzada, la comisión Instructora tendrá tres días para dictaminar. Los plazos vencen el 29 y 30 de enero.

El artículo 23 determina que, si de las constancias del procedimiento apareciere la responsabilidad del servidor público, la Comisión Permanente Instructora dictaminará:  Que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia y la responsabilidad del encausado; y propondrá la sanción que deba imponer. El dictamen que emita la Comisión Permanente Instructora lo turnará a la Secretaría General.

La secretaría General enlistará el dictamen en la siguiente sesión del Pleno para su acuerdo, el que se votará en el plazo de siete días posteriores a la fecha de su turno, establece el artículo 24. El plazo vence el 10 y 11 de febrero.

 Si el Congreso del Estado se encuentra en receso, la Secretaría General solicitará a la Diputación Permanente que convoque a sesión extraordinaria. Cabe mencionar que el 31 de enero vence el Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la 65 Legislatura, por lo que a partir del 1 de febrero se instalará la diputación permanente.

El artículo 25, establece que enlistado el dictamen y conforme al turno que le corresponda en el orden del día, el Presidente de la Mesa Directiva declarará al Pleno que se erige en jurado de acusación.

 La Secretaría de la Mesa Directiva dará lectura al dictamen o una síntesis que contenga los puntos substanciales, y las conclusiones de la Comisión Permanente Instructora; En seguida, se concederá la palabra al servidor público o a su defensor, hasta por treinta minutos para que replique lo que a sus intereses convenga.

Finalmente, el jurado de acusación acordará, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus integrantes, si ha lugar a continuar el procedimiento. Si el Jurado de Acusación no resuelve, por la mayoría calificada requerida, que es procedente la acusación, se ordenará archivar el expediente como asunto totalmente concluido.

La mayoría calificada implica el voto de 36 de los 50 diputados, por lo que será suficiente que PRI, Movimiento Ciudadano, PES, PT, la diputada del partido Verde Andrea Yunes y el Independiente Juan Carlos Molina apoyen el dictamen de la Instructora, aun con el voto en contra del panista Enrique Cambranis, que integra el grupo de trabajo.

Si el jurado de acusación acuerda que ha lugar a continuar el procedimiento, el acusado será puesto a disposición inmediata del Tribunal Superior de Justicia, al que deberá consignar el expediente que contiene la acusación y las constancias del procedimiento. La comisión Permanente Instructora sostendrá la acusación ante dicho tribunal, establece el artículo 26.

La Constitución política contempla: si el Congreso declara que ha lugar a proceder, el servidor público quedará suspendido de su cargo y a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley. Cuando el proceso penal culmine en sentencia absolutoria, el inculpado podrá reasumir su función.

En base a lo anterior, Winckler Ortiz tendría que dejar la titular de la Fiscalía, se nombraría un encargado de despacho, y en caso de que no se pueda sostener la acusación ante la Sala Constitucional y el Pleno del TSJE, podrá reincorporarse.

 Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su cargo, no se concederá al reo la gracia del indulto.

Si se declara que no ha lugar a proceder, se suspenderá todo proceso, pero ello no será obstáculo para que la denuncia se presente ante las autoridades competentes cuando el acusado haya concluido su encargo, pues la resolución no prejuzga los fundamentos de la imputación.

La responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por cualquier servidor público, nunca serán inferiores a tres años ni mayores a 10 y podrá ser destituido o inhabilitado de la función pública.