Rechazan recursos de Gerard Piqué

julio 12, 2019

Ciudad de México. La Audiencia Nacional de España desestimó el recurso presentado por Gerard Piqué contra una decisión del Tribunal Económico-Administrativo Central que le obliga a pagar 2.1 millones de euros por conceptos de impuestos atrasados y multas.

Según la sentencia del 13 de mayo de 2019, la Audiencia Nacional desestimó el recurso contencioso-administrativo presentado por Gerard Piqué contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, “por el concepto tributario Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2008-2009-2010, y contra el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador de fecha 5 de junio de 2013 con cuantías de 1,457,855.61 euros y 678,012.59 euros respectivamente”.

Esta sentencia, que obliga al futbolista a pagar 2.1 millones de euros, es susceptible de recurso de casación.

La regularización practicada por la inspección se debió a que Gerard Piqué “obtuvo rendimientos del trabajo como jugador de fútbol profesional residente en España (procedentes del Real Zaragoza, del Manchester United y de la Federación Española de Fútbol) y rendimientos de capital mobiliario (por cesión de derechos de imagen; por intereses derivados de la concesión de préstamo a entidad vinculada; por cantidades satisfechas por el sponsor británico; por utilidades derivadas de la condición de socio; por intereses de cuentas bancarias en España y en el Reino Unido)”.

La Audiencia Nacional de España desestimó el recurso presentado por Gerard Piqué contra una decisión del Tribunal Económico-Administrativo Central que le obliga a pagar 2.1 millones de euros por conceptos de impuestos atrasados y multas.

Según la sentencia del 13 de mayo de 2019, la Audiencia Nacional desestimó el recurso contencioso-administrativo presentado por Gerard Piqué contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central, “por el concepto tributario Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2008-2009-2010, y contra el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador de fecha 5 de junio de 2013 con cuantías de 1,457,855.61 euros y 678,012.59 euros respectivamente”.

Esta sentencia, que obliga al futbolista a pagar 2.1 millones de euros, es susceptible de recurso de casación.

La regularización practicada por la inspección se debió a que Gerard Piqué “obtuvo rendimientos del trabajo como jugador de fútbol profesional residente en España (procedentes del Real Zaragoza, del Manchester United y de la Federación Española de Fútbol) y rendimientos de capital mobiliario (por cesión de derechos de imagen; por intereses derivados de la concesión de préstamo a entidad vinculada; por cantidades satisfechas por el sponsor británico; por utilidades derivadas de la condición de socio; por intereses de cuentas bancarias en España y en el Reino Unido)”.