Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro

febrero 10, 2020

CDMX/AlMomento.Mx.-La Secretaria del Trabajo y Previsión Social informa sobre la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro para el 2020, así como su entrada en vigor al día siguiente a la publicación.

El programa tiene como finalidad brindar oportunidades laborales a 2 millones 300 mil jóvenes de entre 18 y 29 años de edad en un centro de trabajo, quienes se inscriban en el presente año recibirán una beca por 3 mil 748 pesos mensuales, además de seguro médico y constancia de capacitación.

Luisa María Alcalde Luján, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, explica en la publicación que el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro se centra en un modelo de corresponsabilidad social entre los sectores público, privado y social destinado a ofrecer a los jóvenes apoyos y actividades para fortalecer hábitos de trabajo y habilidades técnicas que promuevan la inclusión social e incrementen sus posibilidades de empleabilidad.

La capacitación en el centro de trabajo estará orientada a la adquisición o fortalecimiento de habilidades técnicas y hábitos de trabajo, por un periodo máximo de doce meses.

Los materiales e insumos necesarios para dicha capacitación serán proporcionados por el Centro de Trabajo, y entregados a través de la o el Tutor, a las y los aprendices sin ningún costo.

El monto de la beca corresponde a la cantidad de 3 mil 748 pesos que se entregará mensualmente, tanto para hombres como para mujeres sin distinción alguna y de manera directa, a través de un instrumento bancario, a las y los aprendices del Programa en las diferentes regiones y entidades federativas del país.

A manera de prestación, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) brindará a las y los aprendices durante el periodo que se encuentren vinculados a su capacitación en el Programa, la cobertura de los seguros en las ramas de enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo.

La supervisión de Centros de Trabajo y sus filiales es permanente y continua en todo el territorio nacional por personal autorizado y debidamente identificado por la STPS con el objeto de verificar que se realice la capacitación.

El tiempo máximo que tienen las y los aprendices para postularse a su segunda oportunidad de capacitación es de noventa días naturales, contados a partir de la fecha de desvinculación.

Las y los representantes de instituciones públicas como privadas interesados en participar en el Programa, podrán iniciar su registro a través de la Plataforma Digital o a través de personal autorizado por la STPS, con lo que se generará un Folio de registro.

El plazo de verificación de requisitos y documentación de los Centros de Trabajo será de máximo noventa días hábiles contados a partir de la fecha de conclusión del registro y generación del Convenio con la STPS en la Plataforma Digital.

Se dará prioridad en el proceso de verificación a los Centros de Trabajo ubicados en municipios con alta y muy alta marginación, con población históricamente discriminada y en donde haya más jóvenes solicitantes o registrados.

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos se dará amplia difusión al Programa a nivel nacional, estatal y municipal, además la papelería y documentación oficial, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este Programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

El Programa contará con mecanismos de participación comunitaria y contraloría social, supervisados por la Secretaría de la Función Pública (SFP) para el seguimiento, supervisión y vigilancia de las acciones de la STPS.

Las personas que tengan quejas y denuncias contra servidores públicos en relación a la operación del Programa podrán presentarse ante el Órgano Interno de Control en la STPS y/o a través de medios de comunicación.