Senado trabaja por una Guardia Nacional de carácter civil: Rementería

mayo 21, 2019

Redacción/CDMX. “En este país, la clase política, los partidos políticos, si pueden alcanzar acuerdos, sí pueden discutir, y construir de manera unánime lo que le sirva a México”, resaltó el senador veracruzano Julen Rementería del Puerto, al votar a favor de las leyes secundarias de la Guardia Nacional.

Durante la Reunión de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, se aprobó por unanimidad aprobar las leyes secundarias relacionadas con la Guardia Nacional, y el legislador panista reconoció el trabajo en conjunto de los grupos parlamentarios de los diversos partidos que inegran la cámara, así como a los abogados y persona del Gobierno de la República que trabajo en estas leyes.

Julen Rementería de Puerto, explicó que más del 70 por ciento del contenido de las normas fueron modificadas; es decir, 250 artículos de las cuatro leyes que contenía el documento original.

“Dichas leyes dan paso a la creación de un cuerpo con carácter civil, donde se profesionaliza el actuar de la policía, su naturaleza policial, y basado en las recomendaciones de organismos internacionales como la ONU, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los colectivos de derechos humanos” refirió.

El panista, aclaró que la Guardia Nacional no es la solución a la inseguridad de nuestro país, “esto que hoy se hace y creo que se hace bien, deberá tener la coordinación y apuesta de los Estados y de los municipios para colaborar con la Guardia Nacional ya en el marco fortalecido de este conjunto de normas que le van a permitir actuar de una mucho mejor manera”.

El legislador veracruzano, explicó brevemente en 4 punto, las 4 leyes relativas al funcionamiento de la Guardia Nacional quedaran así:

1.- Sobre la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece la facultad a la Federación de operar el Sistema Nacional de Información. 
1.1.- Señala la obligación a la Federación, entidades federativas y municipios de generar, compartir, intercambiar, ingresar, almacenar y proveer información, archivos y contenidos a las bases de datos que integran el Sistema Nacional de Información. 
1.2.- Se incluye dentro de las funciones de las Instituciones Policiales, tareas de proximidad social que privilegien un contacto constante con la comunidad como base del accionar policial.

2.- Sobre la Ley Orgánica de la Guardia Nacional será una institución policial, armada, civil, disciplinada, profesional y permanente, con autonomía técnica, operativa y de mando. Estará adscrita, con carácter de órgano administrativo desconcentrado, a la Secretaría cuyo titular ejercerá el mando originario. 
2.1.- Se configura como una institución policial, armada, civil, disciplinada, profesional y permanente, dotada de autonomía técnica, operativa y de mando y que, en consecuencia, forme parte de la Administración Pública Federal como órgano administrativo desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Respecto al La ley Nacional del Registro de detenciones:

3.- En la Ley se retoman los principios normativos establecido en los instrumentos internacionales aportados por las Naciones Unidas, en donde se establece la obligación de los funcionarios encargados de salvaguardar la seguridad pública de cumplir sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión.
3.1.- Se establece la prohibición de hacer uso de la fuerza en manifestaciones pacíficas y lícitas.

En lo que corresponde a La Ley Nacional del Uso de la Fuerza:

4.- La Ley propone un sistema de información denominado: Registro Nacional de Detenciones, el cual tiene por objeto establecer un banco de datos actualizado con información que permita identificar y localizar a las personas detenidas por la probable comisión de un delito o por una posible infracción administrativa, durante las etapas del proceso penal o del procedimiento administrativo sancionador ante juez municipal o cívico, respectivamente 
4.1.-Dicho sistema fungirá como una herramienta que permitan a la ciudadanía conocer si una persona se encuentra privada de libertad y si su detención se da bajo los principios Constitucionales y legales.

Concluyó que la Guardia Nacional tendrá fuero, cadena de mando y un mando civiles, al tiempo que se refuerza el marco jurídico de actuación del cuerpo de seguridad pública permanente.