Si no dejas que tu hijo vea a su papá o mamá irás a la cárcel
Isabel Ortega/Xalapa.- En Veracruz se castigará con cárcel, hasta por cinco años, al padre de familia que no permita la convivencia de un menor de edad con alguno de sus progenitores. El delito se investigará solo después de que se presente una denuncia.
Este jueves se dio entrada a una modificación al código penal, por el que se adiciona el artículo 240 bis, que incorpora el delito contra el interés superior de la infancia.
El delito se tipifica contra “quien no permita las convivencias decretadas por resolución judicial o impida, obstaculice o niegue la convivencia de un menor con su progenitor, o con quien tenga derecho a dicha convivencia, una vez requerido judicialmente para ello, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de hasta doscientos días de salario”.
En la exposición de motivos, se establece que ante la existencia de situaciones en donde los desacuerdos personales hacen imposible la convivencia del infante con sus progenitores, el Estado se encuentra obligado a encontrar mecanismos que garanticen el derecho de los menores de edad a mantener relaciones personales y de trato directo con cada uno de sus padres de forma regular, asegurando así la continuación de la convivencia familiar y el sano desarrollo de su personalidad.
Por lo que se propuso, que quienes no permitan se lleven a cabo las convivencias decretadas por resolución judicial o impidan, obstaculicen o nieguen la convivencia de un menor con su progenitor, una vez requerido judicialmente para ello, sean sancionados penalmente y de esta forma se logre prevenir esta conducta tan traumática y dañina para la niñez.