Suprema Corte ordena cumplimiento de medidas y acciones urgentes emitidas por Comité contra contra desaparición de la ONU

junio 21, 2021

Yhadira Paredes/Xalapa. La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo y ordenó a las autoridades responsables en Veracruz acatar las medidas y acciones emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de Naciones Unidas, con el propósito de que el estado tome las medidas necesarios para el hallazgo oportuna de una personas desaparecida. 

Fue el pasado 16 de junio cuando la Primera Sala resolvió el 1077/2019 interpuesto por la madre de un desaparecido en Veracruz, cuyo ponente fue el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz por unanimidad de votos. 


En el documento se lee que se “resolvió que el cumplimiento de las medidas y acciones urgentes, emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es obligatorio para las autoridades del Estado mexicano, en sus distintas competencias. Además, dicho cumplimiento debe ser supervisado judicial y constitucionalmente”.

 

La madre  del desaparecido de forma forzada en 2013 acusó a las autoridades de Veracruz de la omisión de implementar, coordinar y efectuar una investigación diligente, exhaustiva, imparcial y seria para lograr la localización de su hijo; la omisión de realizar las diligencias para la persecución del delito de desaparición, así como para dar con los responsables; negativa de proporcionar copias y acceso a las averiguaciones previas, y la omisión de implementar las medidas y acciones urgentes emitidas respecto a este caso por el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas. 

La Primera Sala revocó el sobreseimiento decretado en relación con los actos reclamados al Fiscal General del Estado de Veracruz, a la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas, Zona Centro Veracruz y al Titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas.  

La Suprema Corte confirmó un amparo concedido y amplió sus efectos para vincular a las autoridades mencionadas al cumplimiento de las labores de investigación, esclarecimiento de los hechos y localización de la persona desaparecida. 

“Asimismo, la Primera Sala decidió conceder el amparo para ordenar a las autoridades responsables que acaten, en sus términos, las medidas y acciones urgentes emitidas por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU. Ello, toda vez que dicho Comité es el órgano autorizado para interpretar la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”.  

Lo anterior para que el Estado tome las medidas necesarias para el hallazgo oportuno de una persona desaparecida a fin de garantizar su derecho a ser buscado.