
TEV corrige la plana al Congreso de Veracruz; la pasada cámara fue omisa de regular revocación del mandato
abril 3, 2025
Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó al Congreso del Estado publicar un reglamento que haga efectiva la revocación de mandato y que los ciudadanos puedan ejercer ese derecho.
Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEV-JDC-18/2025, se exhibió la omisión legislativa del Congreso del Estado al no concluir el proceso de armonización legislativa que daría paso a la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local en la Constitución Local.
Argumentó que la 65 Legislatura de Veracruz, la primera con mayoría de Morena, incumplió con lo dispuesto en el artículo sexto transitorio del Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Federal, en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato.
La reforma se publicó el 20 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, y dio un plazo de 180 días para armonizar y reglamentar la posibilidad de que los ciudadanos participaran en una consulta para revocar el mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo (gobernador).
La parte actora expuso que la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local no está regulada en la Constitución local ni en el Código Electoral ni en la Ley de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, la revocación de mandato.
En ese sentido, los magistrados electorales consideraron que el Congreso local sí llevó a cabo la armonización con la reforma a la Constitución Política de Veracruz, pero lo que omitió fue la expedición de la Ley reglamentaria, que hasta el momento no existe.
El Congreso de Veracruz sí llevó a cabo la armonización cuando entró en vigor la reforma a la Constitución Local el 18 de noviembre de 2021, en el cual se previó el derecho de la ciudadanía a participar en el procedimiento de revocación de mandato.
Sin embargo, el TEV declaró fundada la omisión legislativa atribuida al Congreso del Estado de Veracruz, de expedir una Ley Reglamentaria en la que se haga efectivo el derecho de la ciudadanía de votar en materia de revocación de mandato.
En el documento se lee que resulta ineludible que, el órgano legislativo en su conjunto tenía la obligación de llevar a cabo los actos tendentes a la emisión de la norma dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor del mencionado decreto.
Lo cual, hasta la fecha, no ha acontecido, transcurriendo en exceso dicho plazo, pues si entró en vigor el 18 de noviembre del año 2021, los 180 días (como plazo máximo) se agotaron el 17 de mayo del 2022. Situación que obra en perjuicio de los derechos de participación política de la ciudadanía veracruzano