TEV se niega a ratificar elección en Veracruz; continuarán revisión

Se tendrá que repetir la elección.

diciembre 6, 2021

Isabel Ortega/Xalapa. En sesión virtual los integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) acordaron declarar nula la elección del municipio de Veracruz que habría dado por ganadora a la alcaldía a la panista Patricia Lobeira.

Ante la negativa de dos de los tres magistrados de confirmar la elección del Puerto Veracruz, se determinó que esta será anulada, por lo que se tendrá que repetir la votación.

Por mayoría de votos, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral, determinaron que no se puede declarar válida la elección de Veracruz, ya que no han sido analizados a profundidad los elementos de prueba que presentó MORENA, solicitando la nulidad de la elección.

En la sesión de este lunes seis de diciembre, el sentido de la sentencia era ratificar el resultado de la elección, sin embargo, el proyecto de la magistrada presidente y ponente del caso, Dra. Claudia Díaz, fue rechazado por la magistrada Dra. Tania Vazquez y el magistrado Dr. Eduardo Cigala.

Serán ambos magistrados los responsables de engrosar el proyecto, es decir enriquecerlo de todas las pruebas jurídicas que sirvan para determinar la validez o no de la elección.

Según los resultados de la elección del 6de junio, había ganado la abanderada de Acción Nacional, Patricia Lobeira Yunes.

Pese a que el Consejo General del @INEMexico aprobó multar con 146 mil pesos a la coalición PRI-PAN-PRD por gastos no reportados en la campaña de Lobeira, por esta razón, los magistrados veracruzanos decidieron aplazar la decición si anular la elección.

Apenas la semana pasada el INE determinó que no había un rebase de tope de campaña, por lo que no había elementos para poder revocar el triunfo de la panista, quien entró al relevo de Miguel Ángel Yunes, luego de que los magistrados anularon su candidatura.

La magistrada ponente, Claudia Díaz Tablada comentó que las supuestas infracciones por las que se pedía la nulidad de la elección no estaban acreditadas, por lo que era procedente validar el triunfo de Lobeira.

Los partidos se quejaron de rebase de topes de gastos de campaña, uso de recursos públicos para promover el voto, a través de despensas, así como violación a la veda electoral, entre otros.

Sin embargo, según la magistrada insistió “los planteamientos de los agravios aludidos resultan inoperantes”.

Ya con anterioridad los mismos partidos políticos habían tirado la candidatura de Miguel Ángel Yunes Márquez, por no acreditar el requisito de domicilio, con tres años de antigüedad en el municipio, por lo que no podía ser postulado para competir por la alcaldía.

En su lugar entró su esposa, y las constantes impugnaciones llevaron al INE a valorar, apenas la semana pasada, el costo de un evento organizado el 20 de mayo en el que se anunciaba la candidatura de Patricia Lobeira.

Los magistrados, Tania Vásquez y Roberto Sigala Aguilar consideraron que el RIN 102 y sus acumulados, no estaba analizado con exhaustividad, incluso, recordaron que en el propio INE no  logró el aval de todos los consejeros, por lo que no acompañaban el acuerdo

Con la votación en contra, la magistrada pidió que su proyecto se tomará en cuenta como un voto particular y sea incluido en la sentencia, además, de que se engrosará el expediente, que se tendrá que volver a votar en el pleno del TEEV.

La decisión de los magistrados electorales podrá ser revisada por sus homólogos de la sala regional, lo mismo que de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.